Fin de la extinción automática por incapacidad permanente: Así afecta a las empresas

Inicio » Actualidad » Fin de la extinción automática por incapacidad permanente: Así afecta a las empresas

Grupo Fidelitas | Asesoría laboral en Oviedo y en toda Asturias

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Ley 2/2025, de 29 de abril, que supone una transformación profunda en el régimen de extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente. Esta reforma, de gran trascendencia para el tejido empresarial asturiano y español, obliga a revisar las prácticas habituales en la gestión de las bajas médicas de larga duración e incapacidades permanentes.

Desde Grupo Fidelitas, despacho con sede en Oviedo, le ofrecemos un análisis detallado sobre cómo adaptar su empresa a estos cambios y evitar riesgos jurídicos y económicos innecesarios.

¿Qué cambia con la nueva Ley 2/2025?

La reforma modifica dos textos clave del ordenamiento jurídico laboral:

  • El Estatuto de los Trabajadores.
  • La Ley General de la Seguridad Social.

La reforma legislativa busca garantizar de forma más eficaz la igualdad de las personas con discapacidad en el empleo, en línea con la Constitución Española y la normativa vigente. Para ello, se modifica el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, eliminando la extinción automática del contrato en casos de incapacidad permanente y se condiciona a la voluntad de la persona trabajadora. Ahora, la empresa solo podrá finalizar la relación laboral si no es viable adaptar el puesto o no existe otro compatible, y siempre que no suponga una carga excesiva.

Implicaciones prácticas para las empresas de Asturias

Los nuevos artículos 48.2 y 49.1.n) del Estatuto de los Trabajadores establecen que:

  • Se debe respetar la voluntad de la persona trabajadora de continuar en la empresa.
  • La extinción solo será posible si no es viable una adaptación del puesto de trabajo, no existe vacante compatible o se considera una “carga excesiva”.
  • Se establece un periodo de suspensión de la relación laboral, con reserva de puesto de trabajo durante la adaptación o cambio del puesto de trabajo.

Este nuevo marco normativo afecta directamente a la gestión de personal, especialmente en sectores con alta siniestralidad o con plantilla envejecida, realidades muy presentes en el entorno empresarial asturiano.

¿Qué son los “ajustes razonables”? ¿Cuándo hay carga excesiva?

Los ajustes razonables pueden ser:

  • Cambios en la jornada, horarios o tareas.
  • Adaptación del entorno físico de trabajo.
  • Formación específica para un nuevo rol dentro de la empresa.

“Los servicios de prevención determinarán, de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable y previa consulta con la representación de las personas trabajadoras en materia de prevención de riesgos laborales, el alcance y las características de las medidas de ajuste, incluidas las relativas a la formación, información y vigilancia de la salud de la persona trabajadora, e identificarán los puestos de trabajo compatibles con la nueva situación de la persona trabajadora”

Solo se podrá alegar “carga excesiva” si, en empresas de menos de 25 personas trabajadoras, el coste de la adaptación supera:

  • La indemnización por despido (art. 56.1 del ET), o
  • Seis meses de salario de la persona afectada.

Es fundamental considerar que las ayudas y subvenciones públicas deben descontarse del cálculo del coste neto, por lo que será imprescindible estar al día en convocatorias de subvenciones para estos casos.

Coordinación con la Seguridad Social: nueva suspensión de la pensión

El nuevo artículo 174.5 de la Ley General de la Seguridad Social introduce la posibilidad de suspender la prestación de incapacidad permanente si la persona trabajadora puede reincorporarse con adaptaciones o a otro puesto compatible.

¿Qué deben hacer las empresas asturianas?

Esta reforma exige un cambio de paradigma: pasar de una cultura de extinción automática a una cultura de evaluación, ajuste y conservación del talento.

Desde Grupo Fidelitas, su despacho de confianza en Oviedo, le recomendamos:

✅ Realizar una auditoría laboral de su plantilla.
✅ Identificar puestos potencialmente adaptables.
✅ Establecer protocolos internos para la gestión de incapacidades.
✅ Consultar con servicios de prevención y representantes de los trabajadores.
✅ Documentar cada decisión conforme a la ley.

Grupo Fidelitas, su aliado legal en Oviedo

En Grupo Fidelitas ofrecemos un servicio integral de asesoría laboral en Asturias, con especial atención asesoramiento jurídico en materia social, relaciones colectivas y asistencia ante la isnpección de trabajo.

Contamos con un equipo de abogados y asesores especializados en:

✔️ Adaptación legal de contratos y protocolos internos.
✔️ Gestión de prestaciones y bajas médicas.
✔️ Defensa jurídica ante inspecciones o reclamaciones laborales.
✔️ Acceso a ayudas públicas para la adaptación de puestos de trabajo.

Si quiere realizar un estudio para su empresa o negocio puede contactar con nuestro equipo de asesores en:

comunicaciones@grupo-fidelitas.com

Tel: +34985223745

Si está en Asturias, puede conocer nuestras oficinas en:
C/Alonso Quintanilla, nº 3, 2º, 33002 Oviedo

O, si lo prefiere, puede cumplimentar directamente este formulario para contactar con el equipo de asesores de Grupo Fidelitas:

Compartir:

Categorías

Recientes

Archivos
¡Contacte!