Normas de cotización a la Seguridad Social 2026

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ASESORÍA LABORAL · GRUPO FIDELITAS

Publicado en el BOE núm. 79, de 31 de marzo de 2026 · Vigencia: 1 de enero de 2026

Guía práctica sobre la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, para empresas y autónomos

La Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, publicada en el BOE del 31 de marzo de 2026, fija las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026. Su entrada en vigor es retroactiva al 1 de enero de 2026.

Esta norma incorpora varias novedades relevantes para las empresas españolas. A continuación detallamos los cambios más significativos con las cifras actualizadas.

Resumen ejecutivo: Suben las bases mínimas (ligadas al nuevo SMI), se mantiene el tipo general del 28,30% por contingencias comunes, debuta la cotización adicional de solidaridad para salarios altos, y los contratos temporales de menos de 30 días siguen con el recargo de 33,62 € a cargo del empresario.

1. Topes máximo y mínimo de cotización

Los topes de cotización al Régimen General para 2026 son:

ConceptoImporte mensualNovedades 2026
Tope máximo de cotización (Régimen General)5.101,20 €Actualizado
Tope mínimo (AT/EP = SMI + 1/6)1.424,40 €Actualizado

2. Bases mínimas y máximas por grupos de cotización

Las bases de cotización por contingencias comunes en el Régimen General, según categoría profesional:

GrupoCategoría profesionalBase mínima €/mesBase máxima €/mesBase mín. hora (€)
1Ingenieros, Licenciados y Alta Dirección1.989,305.101,2011,98
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados1.649,705.101,209,94
3Jefes, Administrativos y de Taller1.435,205.101,208,65
4 a 7Ayudantes, Oficiales Admin., Subalternos, Auxiliares1.424,405.101,208,58
8 a 11Oficiales, Especialistas, Peones y Menores de 1847,48 €/día170,04 €/día8,58

Nota importante: Las bases mínimas están directamente vinculadas al SMI 2026 (Real Decreto 126/2026), incrementado en un sexto. Las bases máximas se han actualizado aplicando el porcentaje de revalorización de pensiones.

3. Tipos de cotización al Régimen General

Los tipos de cotización vigentes desde el 1 de enero de 2026 son:

ContingenciaTipo totalEmpresaTrabajador/a
Contingencias comunes28,30%23,60%4,70%
Mecanismo Equidad Intergeneracional (MEI)0,90%0,75%0,15%
Horas extraordinarias (fuerza mayor)14,00%12,00%2,00%
Horas extraordinarias (resto)28,30%23,60%4,70%

4. Novedad 2026: Cotización adicional de solidaridad

⚠ Nueva medida en vigor desde el 1 de enero de 2026

La cotización adicional de solidaridad es una novedad absoluta que afecta a las retribuciones que superen el tope máximo de cotización (5.101,20 €/mes). Se aplica de forma progresiva por tramos sobre el exceso, tanto a la empresa como al trabajador:

TramoRetribuciónTipo totalEmpresaTrabajador/a
Tramo 1Entre 5.101,21 € y 5.611,32 €1,15%0,96%0,19%
Tramo 2Entre 5.611,33 € y 7.651,80 €1,25%1,04%0,21%
Tramo 3Por encima de 7.651,80 €1,46%1,22%0,24%

¿A quién afecta? A empresas con trabajadores cuya retribución mensual supere los 5.101,20 €, independientemente del número de empleados o sector de actividad.

Importante: Esta cotización adicional de solidaridad no está sujeta al mecanismo de equidad intergeneracional ni a los coeficientes reductores de contingencias.

5. Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

Se mantiene en el 0,90% sobre la base de cotización por contingencias comunes, distribuido en un 0,75% a cargo de la empresa y un 0,15% a cargo del trabajador/a. Esta cotización finalista se destina al Fondo de Reserva de la Seguridad Social para garantizar la sostenibilidad de las pensiones.

6. Contratos de duración determinada inferior a 30 días

Se mantiene el recargo de 33,62 € a cargo del empresario a la finalización de cada contrato de duración determinada inferior a 30 días.

Este recargo NO se aplica en los siguientes casos:

• Contratos en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios por Cuenta Ajena.

• Contratos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.

• Contratos en el Régimen Especial para la Minería del Carbón.

• Relación laboral especial de artistas en artes escénicas, audiovisuales y musicales.

• Contratos de formación en alternancia y para la formación y el aprendizaje.

• Contratos de sustitución.

7. Sistema Especial para Empleados de Hogar

La escala de cotización para empleados de hogar en 2026 queda como sigue:

TramoRetribución mensual (incl. pagas extra)Base de cotización
Hasta 329,00 €306,00 €
Desde 329,01 hasta 510,00 €436,00 €
Desde 510,01 hasta 693,00 €602,00 €
Desde 693,01 hasta 877,00 €785,00 €
Desde 877,01 hasta 1.061,00 €970,00 €
Desde 1.061,01 hasta 1.242,00 €1.151,00 €
Desde 1.242,01 hasta 1.424,40 €1.424,40 €
Desde 1.424,41 €Retribución mensual

El tipo de cotización por contingencias comunes es del 28,30% (23,60% empleador / 4,70% empleado). Para el MEI, el 0,75% corre a cargo del empleador y el 0,15% a cargo del trabajador.

8. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

La base máxima de cotización para autónomos queda fijada en 5.101,20 €/mes. Las tablas general y reducida con las bases mínimas y máximas por tramos de rendimientos netos se actualizan conforme al nuevo SMI y la revalorización de pensiones.

Tipos de cotización RETA

Contingencias comunes: 28,30% (con posible reducción del 0,055 si la IT está cubierta en otro régimen).

Contingencias profesionales: 1,30% (0,66% IT + 0,64% IP, muerte y supervivencia).

MEI: 0,90% íntegramente a cargo del autónomo.

Cese de actividad: 0,90%.

Formación profesional: 0,10%.

9. Contratos formativos en alternancia y formación

Las cuotas fijas para 2026 cuando la base no supera el mínimo mensual son:

ConceptoEmpresaTrabajadorTotal
Contingencias comunes57,72 €11,51 €69,23 €
Fondo de Garantía Salarial4,38 €4,38 €
Formación Profesional2,16 €0,28 €2,44 €

10. Prácticas formativas

Prácticas remuneradas

Se aplican las mismas reglas que los contratos formativos en alternancia, con exclusión de las cuotas de desempleo, FOGASA y formación profesional.

Prácticas no remuneradas

Cuota empresarial diaria de 2,88 € por contingencias comunes (excluida IT) y 0,35 € por contingencias profesionales. Los topes mensuales máximos son 65,42 € y 7,95 €, respectivamente. En ambos casos se aplica una reducción del 95% sobre las cuotas de contingencias comunes.

Recordatorio: Las prácticas formativas, remuneradas y no remuneradas, están excluidas de la cotización adicional de solidaridad y del MEI.

¿Tiene dudas sobre cómo le afectan estas novedades?

En el departamento laboral de Grupo Fidelitas gestionamos las nóminas y contratos de numerosas empresas en Oviedo, Gijón, Avilés y el conjunto del Principado de Asturias. Si necesita asesoramiento personalizado sobre la aplicación de estas normas a su plantilla, no dude en contactar con nosotros.

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